6.1.2. Información sobre el periodo de prueba

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Aplicable para nuevas funciones en una empresa

Si puedes negociar sobre este punto, te conviene saber que su establecimiento es optativo y es necesario acordarlo. Por ello deberá reflejarse por escrito en el contrato

Su duración máxima se establecerá en los Convenios Colectivos, y no podrá exceder de seis meses para los técnicos titulados, o de dos meses para el resto de los trabajadores.

Durante el período de prueba, el trabajador tendrá los mismos derechos y obligaciones correspondientes al puesto de trabajo que desempeñe, como si fuera de la plantilla.

Durante este período se podrá rescindir la relación laboral por voluntad de cualquiera de las partes, sin necesidad de alegar causa alguna y sin preaviso, salvo que exista un pacto contrario detallado en el contrato.

El periodo de prueba se computa a efectos de antigüedad.

La situación de incapacidad temporal que afecte al trabajador durante el periodo de prueba interrumpirá el cómputo del mismo, siempre que se produzca un acuerdo entre ambas partes.

Recuerda

No se podrá establecer período de prueba cuando el trabajador ya haya desempeñado las mismas funciones con anterioridad en la empresa, sea cual sea la modalidad de contratación.


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